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Revista de estudios histórico-jurídicos

versión impresa ISSN 0716-5455

Rev. estud. hist.-juríd.  no.38 Valparaíso ago. 2016

http://dx.doi.org/10.4067/S0716-54552016000100010 

Revista de Estudios Histórico-Jurídicos
XXXVIII (Valparaíso, Chile, 2016)
[pp. 273 - 302]

ESTUDIOS - Historia del derecho indiano

Primeros escribanos del reino de chile, siglo XVI*

 

First Scribes of the Kingdom of Chile, 16th Century

 

Galvarino Palacios Gómez

Instituto de Estudios Históricos Santiago del Nuevo Extremo


RESUMEN

El propósito de este trabajo es dar a conocer la identidad de los primeros escribanos que pasaron desde el Perú al descubrimiento y a la conquista de Chile refiriendo sus principales actuaciones, materias sobre las cuales sólo hay datos dispersos y es muy poco lo que se ha escrito. Incluye datos biográficos de algunos integrantes de un elenco de ciento veinte personajes que el autor ha podido identificar en la segunda mitad del siglo XVI.

Palabras clave: Primeros escribanos – Reino de Chile – Siglo XVI.


ABSTRACT

The purpose of this paper is to make known the identity of the first notary publics (“escribanos”), who came from Peru during the discovery and conquest of Chile by Spain. It highlights the most important activities they undertook, matters on which there is only scattered information and very little has been written about. It includes biographical data on some of the one hundred and twenty members of a group of “escribanos” who arrived in Chile on the second half of the 16th century, that the author has been able to identify.

Keywords: First Scribes – Kingdom of Chile – 16th Century.


 

I. Los servicios de escribanía, necesidad y costumbre

La invención de la escritura, hace más de cinco mil años, dio origen al arte de escribir y a la creación de escuelas donde se preparaba a los futuros artistas. Estas escuelas existieron en Mesopotamia y en Egipto y, probablemente también, en otros lugares donde se crearon sistemas de registro de hechos y de actos jurídicos. Extendido el uso de la escritura a las regiones del Levante Mediterráneo y del Asia Menor, pasó a Grecia y luego a Roma. El Imperio Romano difundió su escritura por todas las colonias, entre ellas las que tenía en la Península Ibérica, imponiendo su sistema y su alfabeto. Los romanos utilizaron en sus primeros tiempos un sistema de escritura caligráfica rápida en tablas de madera enceradas que gravaban con estiletes. De este sistema provino el nombre tabeliones (tabellioni) que recibieron los escribanos que lo emplearon. En algún momento se hizo necesaria una división de funciones, probablemente motivada por exceso de trabajo de los escribientes, dividiéndose éstos en notarios (notarii) y escribas (scribae). Los primeros tomaban notas resumidas del contenido de los instrumentos que se debían extender, cuyo desarrollo completo era tarea de los escribas. A esta antigua separación de funciones aluden las denominaciones de “notarios” y “escribanos” que se les dio en la antigua legislación de España, desde los tiempos del Fuero Juzgo (FJ. 7,5,9). El Fuero Real reguló su actividad (FR. 1,7) y con más latitud lo hizo el Código de Las Partidas (Part. 3, 9) declarando “cuantas maneras son de ellos e qué pro nace de su oficio”. La Recopilación de Leyes de España y la Novísima Recopilación aproximan a nuestro tiempo la regulación del oficio con disposiciones que fueron supletorias de la legislación especial de Indias. Estas normas especiales no eran muchas en el siglo XVI, primero de la colonización americana, y aunque su número aumentó en los años posteriores no regularon cuestiones de fondo que siempre estuvieron regidas por la legislación peninsular, heredera de la tradición romana.

Atendido el hecho de que no eran muchas las personas que sabían leer y escribir, y entre éstas buena parte no tenía capacidad para entender cabalmente el contenido de los instrumentos escritos, los servicios de escribanía se hicieron indispensables y su utilización se generalizó al punto de que ningún acto y contrato de alguna importancia podía prescindir de ellos.

En los escribanos se refundieron las funciones de los notarios y escribas. Los primeros eran originalmente ministros de fe pública que desempeñaban funciones lindantes con las jurisdiccionales por delegación de potestades reales, mientras los segundos actuaban como simples escribientes; pero con el paso del tiempo la duplicidad de funciones se hizo innecesaria y los escribanos fueron asumiendo el rol de testigos abonados para terminar siendo reconocidos como ministros de fe pública. Sin perjuicio de serlo, debían actuar también otros testigos en las escrituras públicas y no menos de tres en ciertos actos muy solemnes como testamentos, reconocimientos de hijos naturales y adopciones. También intervenían otros testigos cuando a los otorgantes les parecía conveniente para proteger sus intereses, cuando era necesario acreditar identidad al escribano autorizante, o firmar a ruego de quien no sabía o no podía hacerlo.

Instituidos los escribanos públicos como ministros de fe para actuar en asuntos seculares, la denominación de notarios se mantuvo para los que se desempeñaban en asuntos eclesiásticos, distinción que se conservó en Chile hasta mediados del siglo XIX, tiempo en que los escribanos públicos pasaron a denominarse notarios.

En general, nadie ponía en duda los atestados notariales porque la falsedad estaba sancionada con graves penas. Si se cometía en cartas o privilegios reales, las penas eran la muerte y la confiscación de bienes, debido a que el atentado injuriaba directamente potestades reales. Si se cometía en otros casos, mutilación de la mano derecha e infamia perpetua que inhabilitaba para ser testigo, para ocupar cargos públicos y para obtener cualquier tipo de honras y mercedes, según disposiciones del Código de Las Partidas (Part. 2,9,7-8; 3,19,16; 7,7, 6) que por su severidad quedaron en desuso durante el periodo colonial.

Sólo el rey podía conferir el título de escribano. Una ley del Espéculo explicaba la razón: “Poner escrivanos non conviene tanto a ningún ome al rey. E él a poder de los poner en las cibdades é en las villas para fazer los escriptos. E esto por muchas razones. La una porque es pro é guarda comunalmiente de todos. Ca todo esto es tenudo el rey de guardar mas que otro ome, e por eso los debe él poner. La otra, por toller el descuerdo que solie acaescer entre los omes, quando avien a poner escribano. Ca esto pocas vezes aviene que se faga por acuerdo. La otra, porque los [que]” “son metidos por escribanos pormano dealgunos, tienense mas por debdores de catar pro de aquellos que los temen, que non del rey nin del conceio de aquel lugar en que son puestos. E otrosi aquellos que los y meten, tienen que deven fazer mas por ellos que por los otros. E por esta razón fazen como un vando ellos e aquellos que los y meten. E nos por toller los males que podrien venir por todas estas cosas que avemos dichas, e porque los escrivanos guarden á cada unos sus derechos egualmiente en fazer las cartas, tenemos que el rey los debe poner en los logares sobredichos e non otri, fueras si lo fezier alguno por su mandado”1.

Una ley de Indias prohibía a virreyes, gobernadores y audiencias hacer estos nombramientos, exceptuando únicamente los provisorios en casos de estricta necesidad como nuevos descubrimientos y poblaciones, o fallecimiento de todos los escribanos del lugar. (Rec. Ind. 5,18,1)

Los aspirantes a escribanos debían rendir un examen de idoneidad ante chancillerías o Audiencias y recibían su título del rey (Part. 3,19,3-4). Aprobado el examen, podían ser designados para ocupar provisoriamente una escribanía, mientras el nombramiento recibía confirmación real. Estas exigencias fueron reiteradas para las Indias (Rec. Ind. 5,8,3); pero no fue posible cumplirlas rigurosamente, en lugares tan alejados como el Reino de Chile. La idoneidad se refería a varios aspectos que definían el Especulo y el Código de las Partidas. Decía el Especulo: “[D] even ser omes buenos, e de buena fama, e escogidos por tales, por que las cartas, que fezieren sean fechas lealmiente, e que sepan escribir, e fazer buena letra, que se pueda bien leer, e que bien semeie que de Corte del Rey sale, e ome entendudo lo fizo. E otrosí deben ser entendudos de lo que les dixieren. Porque non les ayan a decir muchas veces una razón. E que sepan bien guardar poridat, e que sean omes conoscidos e de buenos lugares” 2.

El Código de las Partidas disponía en palabras parecidas: “deven ser omes libres, e cristianos, de buena fama. E otrosí deven ser sabidores de escrevir bien, e entendidos de la Arte de la Escribanía, demanera que sepan bien tomar las razones o las posturas que los omes pusieren entre si ante ellos. E deven ser omes de poridad, de guisa que los testamentos, e las otras cosas que les fueren mandadas escrevir en poridad, que las non descubran en ninguna manera” 3. Además se les exigía ser mayores de 25 años, rendir un examen de conocimientos, prestar juramento de fiel desempeño y afianzar su actuación.

Estas exigencias eran comunes para los escribanos reales y para los escribanos del número. Los primeros eran poseedores de un título real estrictamente personal, al modo de un título académico, por lo cual dicho título no podía ser, cederse ni transferirse de ninguna manera. No daba propiedad de ningún cargo; sólo permitía ejercer la profesión de escribano en cualquier lugar perteneciente a los reinos castellanos y servía para postular al nombramiento de escribano público del número con asiento fijo en determinada villa o ciudad. Nunca abdicó el rey su facultad exclusiva de otorgar estos títulos, aunque los exámenes de idoneidad tuvieran que rendirse en Indias ante las Audiencias y, muy excepcionalmente, ante gobernadores provinciales. No teniendo obligación de residir en lugares determinados, los escribanos reales no estaban obligados a mantener oficinas para atender público y les estaba permitido actuar donde estuvieran, incluso siendo transeúntes, pero les estaba vedado ejercer su oficio donde existieran escribanos del número.

Los escribanos públicos ocupaban plazas de número limitado en villas y ciudades. Se les asignaba un territorio jurisdiccional y debían mantener una oficina para atender al público en lugar conocido. Si el designado era escribano real no estaba obligado a rendir examen de idoneidad, aunque se conocen casos en que las Audiencias americanas les exigieron nuevo examen, probablemente porque la habilidad del postulante se puso en duda. La designación en una escribanía pública confería la propiedad del cargo, lo que permitía cederlo mediante un procedimiento que se llamó de renuncia, bajo la exigencia de que el renunciatario fuera persona hábil y la cesión obtuviera confirmación real. Estos nombramientos podían obtenerse a título de mercedes reales como premios al mérito o como retribución de un servicio pecuniario a la Corona. Cuando el nombramiento era vitalicio el cargo no era heredable, pero su titular podía cederlo por el tiempo de vida que le restara y producida la muerte, el cargo vacaba y volvía a la Corona. No siendo vitalicio el nombramiento, para la validez de la cesión o renuncia se exigió en Indias que el renunciante viviera a lo menos 30 días después de renunciar, por Ley de Felipe II fechada el 3 de diciembre de 15814 En Castilla este plazo era de veinte días. Si no se cumplía el indicado plazo quedaba sin efecto la renuncia, vacaba el cargo y volvía a la Corona.

Los escribanos públicos no eran funcionarios de la administración real; ejercían sus funciones como profesionales independientes cobrando honorarios por sus servicios cuyo valor estaba regulado por aranceles que dictaban las Audiencias. Incluso cuando ocupaban cargos públicos como los Secretarios de Gobierno, Secretarios de Cámara, escribanos y receptores judiciales que con frecuencia excedían los aranceles.

Desde los tiempos de Fuero Real y de Las Partidas los honorarios de los escribanos fueron regulados por aranceles concedidos en términos muy generales que con el paso del tiempo se fueron haciendo más extensos y detallados. Una Ley de Isabel La Católica de 19 de marzo de 1503, reiterada en su pragmática de 7 de junio de 1503, renovada por Felipe II en 1556 que fue recogida en la Recopilación de Leyes de España (4,27,1) y en la Novísima Recopilación (7,15,18 N°3) obligaba a los escribanos a asentar en cada escritura los derechos cobrados y a dejar constancia cuando no los cobraban. Por real cédula de 5 de julio de 1546 se ordenó a las Audiencias indianas aplicar esta ley para evitar abusos5.

Si bien el arte de escribir estaba bastante más extendido en Castilla en el siglo XVI que en los siglos anteriores, el analfabetismo seguía siendo problema generalizado. Esta fue una de las razones que agigantaron la importancia de los servicios que prestaban los escribanos. No se podía vivir sin recurrir a ellos. Todos los actos de alguna importancia debían ser registrados para conservar su memoria y poderlos probar a fin de proteger derechos y acumular puntaje, como diríamos hoy, para alcanzar premios, honores, fama, dinero o mercedes en proporción a los méritos. En la medida en que fueron cobrando importancia otros medios de prueba distintos de los atestados notariales, fue decayendo la importancia de la función social que cumplían los escribanos; pero nos queda todavía importante resabio que traemos en los genes. Son muy numerosos los actos en que seguimos utilizando servicios de notarios porque somos desconfiados del prójimo y los atestados notariales en muchos casos bastan para superar las desconfianzas.

En toda empresa descubridora era preciso incluir uno o más escribanos cuya misión era levantar actas de los descubrimientos, con los detalles ceremoniales del caso, que los había de estilo, como puede comprobarse cotejando diferentes actas. La historia de América, a lo menos la oficial, comienza con el acta del descubrimiento que hizo extender Cristóbal Colón, el 12 de octubre de 1592, al escribano de su Armada, Rodrigo de Escobar, o Escobedo, al desembarcar en la isla que los aborígenes tainos denominaban Guanahani, ubicada al norte de Cuba, probablemente del archipiélago de la Bahamas, cuya identificación hasta hoy es materia de debates6.

Como bien dice el erudito historiador chileno Bernardino Bravo Lira: “Al escribano le correspondió ser el primer representante del Derecho en las nuevas tierras. Antes que el Juez, si se considera que la jurisdicción del capitán, transitoria por naturaleza, no es sino el germen de la futura judicatura ordinaria, y antes que el abogado, cuya presencia o al menos actuación son posteriores”7.

Cuando don Diego de Almagro pasó del Perú al descubrimiento de Chile, sin duda debió pedir a alguno de los escribanos que lo acompañaban que levantara el acta de rigor, pero no se ha conservado el texto. Probablemente lo hizo destruir el Hernando Pizarro después de derrotar a Almagro en la batalla de Las Salinas y apoderarse de su bagaje y papeles. Digo que no cabe duda de haber levantado acta porque el emperador Carlos V lo había autorizado para realizar el descubrimiento y conquista de Chile por real decreto de 3 de julio de 1535, que obligaba a Almagro a probar instrumentalmente que había cumplido su cometido y adquirido el derecho de gobernar “Nueva Toledo”, territorio que se extendía doscientas leguas al sur de “Nueva Castilla” que gobernaba Francisco Pizarro. La hueste de Almagro estuvo formada por algo más de quinientos hombres entre los cuales se ha identificado a dos escribanos: Alonso de Silva y Gonzalo Hernández. Es probable que también fuera escribano Hernando de Sosa, que integró la expedición como secretario de Almagro, quien había sido antes secretario de Pedro de Alvarado, Adelantado de Guatemala, y fue después relator de la Real Audiencia de Nueva España. Además pasaron a Chile con Almagro varios eclesiásticos que eran personas letradas capaces de actuar como escribanos: los mercedarios Antonio de Solis y Antonio de Almarza, el bachiller Guerrero, fray Rodrigo Perez, nombrado arcediano del Cuzco a su regreso de Chile, el presbítero Bartolomé de Segovia y sochantre Cristóbal de Molina.

Muerto Almagro, don Pedro de Valdivia decidió emprender la conquista de Chile con autorización de Francisco Pizarro, actuando como teniente suyo. Se ha calculado en alrededor de ciento cincuenta el número de sus compañeros. Entre ellos se contó el escribano real Juan Pinel a quien correspondió levantar en Copiapó el acta de toma de posesión del territorio, fechada el 24 de octubre de 1540. También pasó a Chile, entre esos conquistadores, Luis de Cartagena que fue el primer secretario de Valdivia. Según don Tomás Thayer no tenía título de escribano real8, pero es indudable que conocía el oficio porque se desempeñó con acierto como escribano público y del Cabildo de Santiago por nombramiento de Valdivia. El acta de fundación de Santiago de la Nueva Extremadura la autorizó Juan Pinel con fecha 12 de febrero de 1541, que indica el Libro Becerro de Cabildo, que debió rehacer Luis de Cartagena porque el original se perdió cuando la ciudad fue atacada e incendiada por el cacique Michimalongo. Don Pedro de Valdivia indica que la fundación tuvo lugar el 24 de febrero de 1541 en cartas enviadas al Emperador Carlos V que fechó el 4 de septiembre de 1545 y el 15 de octubre de 1550 y en las instrucciones que dio el 15 de octubre de 1550 a sus apoderados Rodrigo González Marmolejo y Alonso de Aguilera que debían viajar a España para representarlo ante la Corte9.

También vinieron a Chile en tiempos de Pedro de Valdivia otros “oficiales de pluma”, a quienes podemos considerar “sabidores” del oficio porque actuaron como escribanos, pero se ignora si eran titulados. Es el caso de Juan de Cárdenas, a quien Valdivia dio el empleo de secretario personal, llamado entonces secretario de cartas; de Gaspar de las Casas y de Antonio Lozano que actuaron en Concepción. Otro de los primeros escribanos que actuaron en Chile fue Antonio de Valderrama que tenía título de escribano real. Más datos de estos personajes pueden consultarse en la parte biográfica.

El primer título de escribano público extendido en Chile lo firmó don Pedro de Valdivia a favor de Luis de Cartagena y lo autorizó Juan Pinel con fecha 7 de marzo de 1541. Cartagena lo presentó al Cabildo en sesión del 14 de marzo de 1541.

Según Bravo Lira, la escribanía desempeñada por Cartagena fue la primera escribanía pública de Santiago y la más antigua de Chile, que subsistió por más de trescientos años, hasta 1858, en que el vigésimo octavo sucesor de Cartagena, José María Guzmán, pasó a desempeñarse como Secretario del Tercer Juzgado de Letras de Santiago10.

Como se ha dicho, otro de los primeros escribanos que actuó en Chile fue Antonio de Valderrama, que tenía título de escribano real. Ante él otorgó poder Pedro de Valdivia, el 3 de septiembre de 1544, a Juan Bautista Pastene, Jerónimo de Alderete, Rodrigo de Quiroga y Juan de Cárdenas para tomar posesión a nombre suyo y de S.M. de todas las tierras que pudieran descubrir navegando por la costa hacia el Sur desde Valparaíso con dirección al Estrecho de Magallanes, expedición que los nombrados emprendieron al día siguiente. Juan de Cárdenas, que era entonces Secretario de Valdivia, fue nombrado escribano de las dos pequeñas naves que condujeron a los expedicionarios. El Presidente de la Audiencia de Lima y gobernador del Perú Pedro de la Gasca, en abril de 1549, usando facultades especiales despachó a Valderrama, a nombre de S.M., título de escribano público y del Cabildo de Santiago, que presentó a la corporación en junio de 1550; pero sólo desempeñó este cargo durante un mes, porque lo renunció a favor de Pascual de Ibaceta para regresar a España.

La escribanía pública de Valderrama fue la primera de Santiago creada y provista por nombramiento real, puesto que las respectivas provisiones las despachó el presidente Pedro de la Gasca usando de los amplios y excepcionales poderes que le dio S.M. para hacer esta clase de nombramientos. Por tratarse de un nombramiento real, Valderrama adquirió la propiedad vitalicia del cargo y el derecho a renunciarlo, bajo la exigencia de que la renuncia obtuviera confirmación real. Sucesor de Valderrama, por el procedimiento de renuncia, fue Pascual de Ibaceta que a su vez renunció, en 1552, a favor de Diego de Orué, quien viajó a España en 1556 y regresó a Chile en 1560, trayendo una real provisión que reconocía a Ibaceta como titular del cargo. Basado en ella devolvió la escribanía a Ibaceta, de manera que la renuncia de este último a favor de Orue quedó sin efecto de hecho, o pudo ser resciliada mediante otra renuncia a la inversa.

A medida que se fueron fundando otras villas y ciudades y constituyéndose sus Cabildos, debieron designarse escribanos en cada uno de ellos, que generalmente lo fueron tanto de estas corporaciones como públicos de número11. Pero no tenían propiedad de sus cargos y por ello no les estaba permitido cederlos usando el procedimiento de renuncias.

En la fundación de La Serena, año 1544, encargada por Valdivia a Juan Bohon12, este capitán debió designar un escribano público y de Cabildo pero no se conoce su nombre, perdido con toda la documentación de la ciudad cuando fue destruida por los indios y muertos sus defensores y vecinos en los primeros días de enero de 1549. En el acta de refundación de la ciudad, encargada por Valdivia a Francisco de Villagra, fechada el 26 de agosto de 1549, actuó como escribano Juan González Hernández13.

En la ciudad de Concepción, fundada por Pedro de Valdivia en 1550, el primer escribano de cabildo, según Roa, fue Gaspar de las Casas, quien pasó a ocupar poco después, en 1554, el cargo de alcalde ordinario, y murió en febrero de ese año en el combate de Marigueñu14. Aunque es posible que existieran dos escribanos en Concepción desde la fundación de la ciudad, el primer escribano del número de Concepción parece haber sido Antonio Lozano, compañero de Pedro de Valdivia, vecino fundador de la ciudad y uno de sus primeros encomenderos15. Gaspar de las Casas, actuó en Concepción, probablemente, como escribano real y no como escribano del número. La más antigua actuación de Lozano, como escribano de Concepción, que he podido registrar, data del 4 de mayo de 155116. Actuaba aun como tal en 1572, año en que, según Roa, doña María Marmolejo le dio poder para representarla en juicio17. El mismo año 1572 figura actuando como secretario de cámara de la Real Audiencia de Concepción.

El 25 de enero de 1559 figuran actuando, también en Concepción, los escribanos Garcí Fernández y Juan de Alor, autorizando junto con Diego Ruiz de Oliver, Secretario de Gobernación, un poder que otorgaron nueve encomenderos al capitán Lope de Landa para que éste se querellara ante el Consejo de Indias por el despojo de sus encomiendas dispuesto por el Gobernador García Hurtado de Mendoza.

En la ciudad de La Imperial, cuyo Cabildo creó y proveyó Pedro de Valdivia el 16 de abril de 1552, uno de los primeros escribanos, entre 1552 y 1557, según don Luis de Roa, fue Diego de Almagro18 a quien se ha confundido con Diego Gómez de Almagro, hermano de Juan Gómez de Almagro, el famoso héroe del episodio conocido como “Los Catorce de la Fama”. También se menciona como primer escribano público y de Cabildo de La Imperial a Juan de Alor, vecino fundador de la ciudad.

Según Bravo Lira19, en 1558 se creó en Santiago una segunda escribanía pública cuyo primer titular fue Pedro Salcedo20, que a su juicio sería una de las más antiguas de Chile exceptuando las de La Serena y Concepción. Este dato no es exacto, según acabamos de ver, puesto que en cada ciudad fundada antes de 1558, al constituirse los respectivos Cabildos, fueron nombrados escribanos que, además de serlo de esas corporaciones, eran escribanos públicos y actuaban como tales en los procesos que los alcaldes instruían como jueces ordinarios de primera instancia. La escribanía que desempeñó Salcedo tenía por titular y propietario vitalicio a Antonio de Valderrama que la había renunciado a favor de Pascual de Ibaceta y éste, a su vez, en Diego de Orué. Cuando este último viajó a España volvió a desempeñarla Ibaceta, porque su renuncia a favor de Orué aún no tenía confirmación real; pero, como Ibaceta estaba suspendido, lo reemplazó Salcedo, en la escribanía del número, sin duda como interino, mientras en la escribanía de Cabildo fue designado el escribano real Joaquín de Rueda. Según Bravo Lira, al cesar Pedro Salcedo en la escribanía pública de Santiago, lo que habría ocurrido en 1560, la plaza habría sido ocupada por Juan de la Peña21. Esta afirmación tampoco es exacta, puesto que Salcedo tuvo que dejar el cargo cuando Orué regresó a Chile, según se explica en las biografías de ambos. Además no pudo sucederlo Juan de la Peña en 1560, porque llegó a Chile en 1561 y consta de lo afirmado por él mismo que ocupó una de las dos escribanías del número creadas en Santiago por Francisco de Villagra “sin lo público y de Cabildo que S.M. tenía proveído”22. La otra plaza creada por Villagra fue ocupada por Juan Hurtado. El 20 de julio de 1576, Juan de la Peña fue designado escribano del Cabildo de Santiago, en reemplazo de Nicolás de Gárnica cuando éste fue nombrado factor y veedor de la Real Hacienda con derecho a integrar el cuerpo capitular, según lo había dejado dispuesto el Presidente Pedro de la Gasca, lo que resultaba incompatible con la función de ministro de fe de la Corporación.

En 1584 el gobernador Alonso de Sotomayor creó otra escribanía del número en Santiago en la que designó propietario a Ginés de Toro Mazote por título que le despachó el 12 de noviembre de 1584, cargo que sirvió hasta su muerte ocurrida en agosto o septiembre de 1606. Habiendo cedido esta escribanía, antes de fallecer, a su hijo menor de edad Manuel de Toro Mazote, éste no la pudo asumir hasta el año 1612 en que alcanzó la mayoría de edad. Entre tanto se desempeñó como interino Melchor Hernández de la Serna, tío de Manuel, hermano de su madre. Don Melchor era escribano del número de Santiago, plaza que había comprado en 1592 a Alonso del Castillo y que transfirió en 1609 a Diego Rutal, quien la desempeñó hasta 164223. La quinta escribanía del número de Santiago fue creada en 1573 por el Presidente Gobernador Melchor Bravo de Saravia, quien designó en ella a Alonso del Castillo, lo que motivó un reclamo dirigido a S.M., el mismo año, por Nicolás de Gárnica, Juan Hurtado y Juan de la Peña, reclamo que debió ser rechazado puesto que Castillo mantuvo el cargo hasta 1592 en que lo renunció a favor de Melchor Hernández de la Serna, lo que obliga a presumir que el nombramiento y la renuncia obtuvieron confirmación real, en su oportunidad. La plaza de escribano que ocupó Juan Hurtado hasta su fallecimiento, ocurrido el 20 de septiembre de 1595, fue ocupada por Miguel Jerónimo Venegas.

II. Fichas biográficas

He logrado reunir un elenco de ciento veinte escribanos que actuaron durante el siglo XVI en el reino de Chile. La extensión de este trabajo no permite incluir el fichaje completo. Hay numerosas fichas con datos escasos debido a las destrucciones que sufrieron las ciudades del sur como consecuencia de ataques indígenas y desastres naturales que ocasionaron la pérdida de sus archivos. Afortunadamente la pérdida fue menor en el caso de la capital, Santiago de la Nueva Extremadura, lo que ha permitido recopilar mayor cantidad de datos sobre el funcionamiento de las escribanías, pues han escapado a las injurias del tiempo valiosos protocolos notariales cuyo contenido ilustra muchos aspectos de la vida particular de los vecinos, las actas del Cabildo en que se registraban los hechos jurídicos de importancia social, los archivos de la Capitanía General que conservan memoria de los principales actos de gobierno y de la Real Audiencia que nos proporcionan una visión muy detallada de los conflictos que debió resolver la Justicia para mantener la paz social.

Dejo postergada la publicación del fichaje biográfico completo para otra ocasión. Este trabajo incluye sólo ocho escribanos que actuaron en los primeros años de la conquista de Chile, dos de los cuales fueron secretarios de don Pedro de Valdivia. La nómina es la siguiente: Juan Pinel, Luis de Cartagena, Antonio de Valderrama, Juan de Cárdenas, Pascual de Ibaceta, Diego de Orué, Antonio Lozano, Gaspar de las Casas y Alonso del Castillo.

J u a n  P i n e l

Era natural de Granada, nacido en 1490. El cronista Mariño de Lobera lo apellida Espinel. El padre Rosales dice que su nombre era Francisco. Cuando pasó a Indias en 1537 debió traer título de escribano real24. Llegado al Perú sirvió algún tiempo bajo las órdenes del Mariscal Alonso de Alvarado.

En 1540 vino a Chile con Pedro de Valdivia como escribano de su expedición y le correspondió autorizar el acta de toma de posesión del Reino, en el valle de Copiapó, levantada el 24 de octubre de 154025. Jerónimo de Bivar describe la ceremonia de toma de posesión con pintorescos detalles que resulta interesante reproducir: “…armado el general de todas sus armas y su adarga embrazada en el brazo siniestro y la espada en su mano derecha y alta, cortando ramas y levantando ciertas piedras, moviéndolas de una parte a otra, diciendo en alta voz que emprendía y emprendió, y tomaba y tomó posesión en aquel valle de Copiapó en nombre de Su Majestad, ansí de aquel valle e indios de él como de toda la gobernación que de allí en adelante tenían; y que si alguna persona o personas había que se lo contradijese o defendiese, que él se mataría con la tal persona o personas y, para efectuarlo, salió a un campo que vecino tenía a esperar al que quisiere salir, diciendo que defendería lo que decía con su persona y armas, a pie y a caballo, como demandárselo quisiesen. Si es necesario fuese perdería la vida en servicio de Dios y de Su Majestad, y pidiólo por fe y testimonio del escribano, el cual así se lo dio”26.

Pinel actuó como escribano del proceso que instruyó Alonso de Monroy, en su calidad de teniente de Capitán General y Justicia Mayor del Reino, contra Antonio de Pastrana, Alonso Chinchilla, Martín de Solier, Martín Ortuño, Sebastián Vásquez y Pero Sancho de Hoz acusados como cabecillas de una conspiración fraguada para dar muerte al gobernador Pedro de Valdivia y poner en su cargo a Pero Sancho; proceso que se tramitó sumariamente entre los días 7 y 11 de agosto de 1541 en cual cuatro de ellos fueron condenados a muerte. Pastrana, Chinchilla y Ortuño fueron ahorcados y Marín de Solier, por ser hidalgo, obtuvo la “gracia” de ser degollado en la prisión. Sebastián Vásquez salvó la vida por haber tenido una participación secundaria y Pero Sancho de Hoz salvó la suya porque Monroy prefirió consultar con Valdivia antes de aplicar pena tan severa a un hidalgo notorio que tenía protectores en la Corte, a pesar de ser la segunda vez que conspiraba contra el gobernador. En definitiva Valdivia perdonó a Pero Sancho; seguramente para evitarse complicaciones con Francisco Pizarro y con el Emperador; pero no tuvo Sancho igual suerte cuando conspiró por tercera vez y lo procesó Francisco de Villagra; porque éste, actuando como justicia mayor, lo condenó a muerte por traidor y lo hizo ejecutar de inmediato sin consultar con Valdivia, a quien se limitó a informar lo resuelto y obrado cuando el gobernador ya estaba embarcado, de viaje al Perú a reunirse con el presidente La Gasca.

Correspondió también a Pinel autorizar el acta de fundación de Santiago del Nuevo Extremo, el 12 de febrero de 1541, y fue el primer escribano que actuó en la ciudad. Autorizó el título que Pedro de Valdivia despachó a Luis de Cartagena nombrándolo secretario suyo y escribano mayor de la gobernación. Según Thayer27 tuvo una pequeña encomienda de indios, un solar en Santiago en que edificó casa, una chacra hacia el llano de Maipo y una estancia en el valle de Acuyo28. En la reforma de las encomiendas que hizo el gobernador Valdivia, suprimió 19 de las 60 que originalmente repartió y entre las suprimidas estuvo la de Pinel29.

A título de préstamo forzado, Pedro de Valdivia le tomó, en diciembre de 154730, cinco mil pesos de oro31 que Pinel había logrado ahorrar a costa de muchas privaciones con el fin de mandar ese dinero a España para ayudar a su familia y dotar a sus hijas. Con el oro de Pinel y de otros conquistadores, a quienes lo tomó al mismo título de préstamo forzoso, se embarcó Valdivia en el “Santiago” y se fue al Perú premunido de esos recursos para traer a Chile soldados, armas y vituallas necesarios para asegurar la conquista de Chile. Para lograr su propósito, Valdivia invitó a un grupo de conquistadores a viajar con él al Perú, suponiendo, como efectivamente ocurrió, que llevarían sus ahorros para hacer negocios o para remitirlos a España y, cuando estuvieron embarcados los equipajes, dejó a sus acompañantes en tierra y zarpó sin ellos, haciendo levantar un acta a su secretario Juan de Cárdenas detallando los fondos que tomaba a cada uno de los frustrados viajeros, para que les fueran reembolsados durante su ausencia por Francisco de Villagra con el producto de sus lavaderos de oro y, en todo caso, a su regreso32. La estratagema de Valdivia provocó tal molestia a los afectados que estuvo a punto de causar una revuelta de graves consecuencias; pero en definitiva los burlados se resignaron optando por esperar el regreso del gobernador y confiando en los reembolsos prometidos cuyo entero les aseguró Villagra, gobernador interino. De regreso en Chile, en mayo de 154933, haciendo honor a la palabra que había empeñado, Valdivia continuó devolviendo los “préstamos” que Villagra, había empezado a restituir a su nombre34, pero postergó la devolución a Pinel para dar preferencia a otros conquistadores cuya molestia le causaba mayor preocupación y le convenía disipar. Debido a esta postergación, el desgraciado Pinel entró en una depresión que se fue agudizando al punto de terminar ahorcándose de una ventana de su casa35, sin que bastara para evitar esa trágica determinación la seguridad que le dio el vicario de Santiago y más tarde primer obispo, Rodrigo González Marmolejo, de que él mismo pagaría la deuda por Valdivia cuya palabra afianzaba. El suicidio de Pinel es el primero que registra la historia de Chile. Al fallecer tenía sesenta años de edad.

Pinel era casado, en Granada, con María de León, hija legítima del boticario Ruy Díaz y de Isabel de León, de quien tuvo cinco hijos que fueron, según Roa: Diego, Rodrigo, Isabel casada con Baltasar de San Pedro, María casada con Juan Rodolfo, y Mencía, que lo fue con Francisco de Paredes36.

La viuda de Pinel entabló, en Granada, una demanda indemnizatoria contra Pedro de Valdivia, que a la sazón era difunto, y contra Jerónimo de Alderete, como Tesorero Real, cuando Alderete que había viajado a la Corte se disponía a regresar a Chile, para impedirle el viaje, no obstante haber recibido, de Alderete un auxilio de 300 ducados. En Sevilla declaró a favor de los demandados don Diego de Velasco que había sido compañero de ambos en 1540. En Valladolid lo hizo el capitán Alarcón. En el juicio seguido ante la Audiencia de Lima37 dejaron a salvo la honradez de los inculpados los testimonios de Gaspar de Vergara, Francisco de Aguirre, Francisco de Villagra, Luis González de Gibraleón y Diego García de Cáceres38.

L u i s  d e  C a r t a g e n a

Nació en Granada en 1513. Pasó al Perú en 1537, probablemente en posesión del título de escribano real que don Tomás Thayer le niega39. Formó parte del primer grupo de conquistadores de Chile reclutado por Pedro de Valdivia en El Cuzco, en 1539. Fue el primer Escribano de Gobierno que hubo en Chile por título que Valdivia le remitió a Copiapó, autorizado por el escribano Juan Pinel, fechado el 7 de marzo de 1541. Fue también el primer escribano del Cabildo de Santiago, a contar desde su creación el 12 de enero de 154140, y como tal tuvo a su cargo la custodia del Libro becerro perdido en el incendio de la ciudad provocado el 11 de septiembre de 1541 por el asalto indígena que dirigió el cacique Michimalonco. El Libro becerro que se conservó es el segundo, que rehizo Luis de Cartagena y llevó a partir del 10 de enero de 1544.

Integrando la hueste de Valdivia, en el pueblo de Atacama, le cupo autorizar la primera escritura pública otorgada en Chile, por la cual Pero Sancho de Hoz renunció a la compañía que había constituido en el Cuzco con Valdivia, para venir a la conquista de Chile, en vista de no haber podido cumplir Sancho con su compromiso de aportar 50 caballos, 200 corazas y enviar a Chile dos navíos con bastimentos en un plazo de cuatro meses41. A cambio de la renuncia de sus derechos, Valdivia se comprometió con Pero Sancho de Hoz a llevarlo bajo sus banderas, a “darle de comer” en Chile conforme a la calidad de su persona y a restituirle el valor de algunos caballos y armas que había aportado efectivamente42.

Ante Luis de Cartagena, el 11 de agosto de 1545, Pedro de Valdivia otorgó otra escritura importante: un amplio poder a su teniente Juan Bautista Pastene para presentarlo en Lima a los proveedores de pertrechos y vituallas que el mandatario fue comisionado para comprar a fin de proseguir la conquista de Chile. Llegado al Perú en cumplimiento de este encargo, para aumentar su disponibilidad de dinero, Pastene vendió a Juan Calvo, el 13 de septiembre de 1546, el navío “San Pedro” que era de su propiedad, en 2000 pesos de oro, y el mismo día contrató con el nuevo propietario el fletamento del barco para traerlo cargado a Chile, “a su buena ventura”, por cuenta y riesgo de él mismo y de su mandante, don Pedro de Valdivia43.

Otro acto jurídico importante en que le cupo a Cartagena actuar como escribano, fue la autorización del acta que hizo levantar Pedro de Valdivia, el 13 de diciembre de 1547, a bordo del navío “Santiago”, para dejar constancia del oro que tomó, a título de préstamo forzado, a cada uno de los pasajeros que había invitado a viajar con él a Lima, a quienes engañó dejándolos en tierra, precisamente para poder requisarles el oro que llevaban al Perú a fin de invertirlo en la contratación de soldados y compra de vituallas para proseguir con la conquista de Chile. Entre los afectados estuvo el escribano Juan Pinel, amigo muy estimado de Cartagena, lo que provocó en Pinel una profunda depresión que terminó llevándolo al suicidio.

En 1558, Cartagena era vecino y encomendero en La Serena donde desempeñó los cargos de regidor del Cabildo, de alcalde en 1559 y de tesorero y contador de la Real Hacienda a partir del 15 de diciembre de 1563, este último por nombramiento que le despachó el gobernador Francisco de Villagra el 15 de diciembre de 1563, cargo que desempeñó por más de veinte años.

Cartagena aparece mencionado en el testamento que otorgó Inés González, india del Perú, el 21 de noviembre de 1564 ante el escribano de Santiago Juan de la Peña, en el cual declara la testadora que es dueña de la chacra denominada “Conchalí”, en los términos de la ciudad de Santiago, adquirida por donación del obispo44, a quien había servido por veinticuatro años, donación que constaría de una escritura otorgada ante Cartagena, cuya fecha omite. La testadora legó la mitad de esta chacra al hospital de naturales de la ciudad y la otra mitad a indios parientes y servidores suyos45.

Don José Toribio Medina transcribe en la biografía de Cartagena46, una real cédula, de 28 de diciembre de 1583, que deja constancia de los servicios que había prestado en la Contaduría Real de La Serena, cuyo texto es el siguiente:

“El Rey.- Presidente y oidores de la mi Audiencia Real que reside en la ciudad de la Plata de la provincia de los Charcas47.

“Por parte de Luis de Cartagena, mi contador de la ciudad de la Serena de las provincias de Chile, hecha relación que él fue uno de los primeros que entraron en aquel reino con el gobernador don Pedro de Valdivia, donde me sirvió en el descubrimiento y población dél con mucha fidelidad y cuidado, aventurando su vida muchas veces, y que en alguna remuneración de ello, el gobernador Pedro de Villagra, en 15 de Diciembre del año pasado de mil y quinientos y setenta y tres 48 le proveyó en el dicho oficio de contador y le dio título para que lo usase y ejerciese en el entretanto que por mi otra cosa se mandase y le señaló de salario en cada un año cuatrocientos pesos de buen oro, con que diese fianzas de pagar los alcances que se le hiciesen hasta en cantidad de dos mil pesos, los cuales dio, y en ejecución de ello, usó el dicho oficio muchos días; y después el dicho Gobernador, por un auto que pronunció en veinte y ocho de Mayo del año siguiente de sesenta y cuatro49 declaró que hasta que otra cosa se proveyese y mandase, él ni los demás oficiales no llevasen salario, más de solamente la tercia parte de los quinientos mil maravedíes que yo tenía ordenado se diesen en cada un año á los oficiales propietarios que sirvan y tienen semejantes oficios en el dicho reino, y desde luego le señaló la dicha tercia parte de salario; el cual, en confianza de que le sería cierto y seguro y se le haría más merced, fue sirviendo y continuando el uso y ejercicio del dicho oficio; y después, en veinte y dos de Septiembre del año de sesenta y siete, el mi Presidente y oidores de la Real Audiencia que allí residió dieron provisión para que las personas que usaren los dichos oficios sin título mío no llevasen ni se les pagase salario alguno, y habiéndosele notificado, suplicó de ellas con el fin de ocurrir ante mi al remedio de ello, y ha ido continuando el dicho oficio y sirviendo y lo sirve al presente con el cuidado y diligencia que es obligado, gastando mucha parte de su hacienda y perdiendo otras ocasiones, y que ha pagado los alcances que se le han hecho, como constaba por ciertos recaudos que se presentaron en el mi Consejo de las Indias: suplicándome, atento á ello, mandase que por los mis oficiales de la dicha ciudad de la Serena se le pagase lo que se le debiere del dicho salario, á razón de ciento y sesenta y seis mil y seiscientos y sesenta y seis maravedís en cada año, que es lo que monta la dicha tercia parte, y que al dicho respecto se le vaya continuando todo el tiempo que le sirviere, sin embargo de la dicha provisión, ó como la mi merced fuese: y habiéndose visto por los de mi Consejo, juntamente con los dichos recaudos que de suso se hace minción, porque quiero ser informado qué oficiales reales hay en la dicha ciudad de la Serena y qué salario se les da y de dónde se les paga; os mando que luego como viéredes esta mi cédula, me enviéis relación de lo susodicho y de lo demás que hubiere acerca de ello, para que, visto, se provea lo que convenga. Fecha en Madrid, á veinte y ocho de Diciembre de mil quinientos y ochenta y tres años.- Yo, El rey.- Refrendada de Antonio de Eraso y señalada del Consejo.

Luis de Cartagena y Juan Pinel, dos de los primeros escribanos que hubo en Chile, se hicieron muy amigos, tanto que vivían en la misma casa, según relata don Crescente Errázuriz, comentando que Cartagena dijo que apreciaba a Pinel como si hubiera sido su padre y que le afectó mucho su suicidio50.

Según don Luis de Roa, Cartagena fue casado con Isabel de Zurbano y de ambos fue hija Ana de Cartagena que contrajo matrimonio con Juan Páez51, de los primeros conquistadores de Chile, nacido por 1520, que hizo con Francisco de Aguirre la campaña de Tucumán y fue después vecino de La Serena, regidor allí en 1570, alcalde en 1573 y protector de indios en 1577; quienes fueron padres de ocho hijos, entre ellos Catalina Páez, casada con el escribano Miguel de Miranda Escobar52. Hay constancia de que Cartagena vivía en 1587 y que entonces tenía 74 años. En las fuentes consultadas no aparece registrada la fecha de su fallecimiento.

A n t o n i o  d e  V a l d e r r a m a

Hay pocos datos sobre este escribano porque permaneció en Chile poco tiempo. Tenía el título de escribano real. Pasó a Chile recién iniciada la conquista. Ante él con fecha 3 de septiembre de 1544, don Pedro de Valdivia otorgó poder a Juan Bautista Pastene, Jerónimo de Alderete, Rodrigo de Quiroga y Juan de Cárdenas para tomar posesión a su nombre y de la Corona de Castilla de las tierras que pudieran descubrir navegando por la costa desde Valparaíso hacia el sur, en dirección al Estrecho de Magallanes, en una arriesgada expedición formada por dos pequeños barcos que zarpó de Valparaíso al día siguiente. De esta expedición dejó relación Juan de Cárdenas, secretario de Valdivia, quien formó parte de ella como escribano de las naves53.

Viajó al Perú con don Pedro de Valdivia con el pequeño grupo que le acompañó a integrarse a las tropas reales comandadas por el Presidente Pedro de La Gasca que derrotaron a Gonzalo Pizarro en Jaquijaguana. Probablemente por recomendación de Valdivia, en abril de 1549, La Gasca extendió a Valderrama un nombramiento de escribano público y del Cabildo de Santiago54, cuyo título presentó a esta Corporación en junio de 1550; pero sólo se desempeñó un mes, pues lo renunció el 7 de julio de 155055 a favor de Pascual de Ibaceta argumentando que se aprestaba a regresar a España. Según Thayer sólo pudo hacer ese viaje en 155356.

La de Valderrama fue la primera escribanía pública creada en Chile por real decreto que despachó el Presidente La Gasca en uso de especiales facultades que el Rey le había conferido.

El señor Roa piensa que Hernando Ortiz de Valderrama, capitán extremeño natural de Alcántara, nacido en 1580, que vino a Chile en 1600, podría ser hijo del escribano, nombrando a éste como Hernando y no como Antonio57. Tal conjetura no considera la diferencia de edad entre ambos, estimable en unos 60 años.

J u a n  d e  C a r d e n a s

Por error se le ha nombrado también Juan de Cardeña, según indica don José Toribio Medina en su Diccionario Biográfico Colonial. Según don Gabriel Guarda nació en el año 1500 en el burgo de Osma, provincia de Soria, hijo legítimo de Juan de Cárdenas y de Francisca Nieta58. Fue secretario de Pedro de Valdivia y escribano mayor de Juzgado del Reino de Chile. Según Medina nació en 1505 y comenzó a servir muy joven, a la edad de 14 años, completando 16 años de servicios en Italia59. Medina transcribe sus palabras extraídas, al parecer, de una declaración que prestó en Chile como testigo de alguna información de servicios, en la cual afirma que en Italia sirvió “desde el tiempo que murió el Próspero Coloma y salió de Roma don Juan Manuel e quedó en su lugar por embajador el Duque de Sesa e fue a Nápoles por Virrey don Hugo Moncada e servían en Italia el marqués de Pescara y el conde Sástago y el Principe de Orange e don Fernando de Gonzaga y el abad de Nájera e Jerónimo Morón; e sirvió, muerto el Duque de Sesa en Roma, con el Secretario Pérez, hasta que pasó el saco de Roma y vino allí por embajador Micerna y el dicho secretario Pérez y este testigo fueron sirviendo a Su Majestad con el ejército que fue a Nápoles, y estuvo este testigo en todo el cerco, e distribuyó por mandado de Su Majestad doscientos mil ducados que invió de crédito para el ejército con micer Julián de Lespecia, secretario que era del Duque Adorno de Génova; é pasado el cerco de Nápoles é muerte de Lutreque, general del campo francés, este testigo fue á Bolonia, donde se coronó Su Majestad, é dio cuenta de los doscientos mill ducados á los contadores mayores micer Juan Rena é secretario Nanclares é hobo finiquito de todo, é sirvió hasta que Su Majestad fue al Turco; é dio la vuelta á España, é fue á Túnez, é á la hora, viniendo á Roma por embajador el Conde de Cifuentes y estando en Nápoles por visorrey el Marqués de Villafranca, é que no había dos años que estaba allí este testigo, salió de Italia é vino á las Indias y sirvió en el Perú cinco años en tiempo del Marqués Pizarro é Vaca de Castro, é gobernando el Vaca de Castro, vino á esta tierra é sirvió á Su Majestad con el gobernador don Pedro de Valdivia é con el dicho Francisco de Villagra, é dice ansí que desde año de veinte hasta el de treinta é seis este testigo sirvió á Su Majestad en Italia é tuvieron noticia dél todos los caballeros que en aquella coyuntura servían y en España”.

Pasó a Indias en 1534 acompañando a Francisco de Villagra, y se quedó enfermo en Panamá mientras Villagra seguía viaje al Perú. Poco después estaba en Cuzco. Allí lo reclutó Valdivia en 1539 para que integrara su expedición a la conquista de Chile y fue uno de sus primeros nueve compañeros.

En 1544, el gobernador Valdivia le ordenó embarcarse en la expedición formada por dos pequeños navíos, el “San Pedro” y el “Santiaguillo”, capitaneada por el marino genovés Juan Bautista Pastene, con la comisión de servir como escribano de esa empresa cuyo objeto era descubrir las costas de Chile hasta el Estrecho de Magallanes. Los expedicionarios llegaron hasta el grado 41º arribando a un paraje que bautizaron como Bahía de San Pedro, donde encontraron un grupo de indígenas cuya presencia era indispensable en las ceremonias de toma de posesión. Juan de Cárdenas describió la que tuvo lugar en aquella ocasión, a cargo del capitán Jerónimo de Alderete: “Armado de todas sus armas, con una daga en su brazo izquierdo, teniendo su espada desnuda en la mano derecha, dijo que tomaba e tomó, aprendía y aprendió, posesión de aquellos indios e indias y en el cacique dellos por el emperador don Carlos, rey de las Españas y en su nombre por el gobernador Pedro de Valdivia, cuyo vasallo y súbdito era el dicho gobernador y todos los que allí estábamos, y en presencia de todos, dijo el dicho Jerónimo de Alderete lo siguiente:

“Escribano que presente estáis dadme por testimonio, en manera que haga fe ante Su Majestad y los señores de su muy alto consejo y chancillerías de las Indias, como por Su Majestad, y en su nombre por el gobernador Pedro de Valdivia, tomo y aprehendo, la tenencia, y posesión, y propiedad de estos indios, y en toda esta tierra y provincia, y en las demás sus comarcanas y si hay alguna persona o personas que lo contradigan, parezcan delante que yo se la defenderé, en nombre de Su Majestad y del dicho gobernador, y sobre ello perderé la vida, y de cómo lo hago pido y requiero, a vos el presente escribano,, que me deis por fe y testimonio, signado en manera que haga fe, y a los presentes ruego me sean dello testigos”.

“Y en señal de la dicha posesión dijo las palabras ya dichas tres veces en voz alta e inteligente que todos las oímos, y cortó con su espada muchas ramas de unos árboles, y arrancó por su mano muchas yerbas, cavó en la tierra, y bebió en el agua del río Lepileubo, y cortados dos palos grandes, hicimos una cruz y pusímosla encima de un gran árbol, y atámosla en él, y en el pie del mesmo árbol hizo con una daga otras muchas cruces; y todos juntamente nos hincamos de rodillas y dimos gracias a Dios. Testigos que fueron: el capitán Juan Bautista de Pastene.- Rodrigo de Quiroga.- Diego de Oro.- Antonio Tarabajano.- Juanes de Mortero.- Juan de Elías.- El capitán Pedro Esteban.- Antonio Venero”.

En 1546 correspondió a Juan de Cárdenas, como secretario del gobernador, refrendar el decreto de fecha 11 de julio por el cual Valdivia reformó las encomiendas que había concedido en la jurisdicción de Santiago del Nuevo Extremo, pregonado el 26 de ese mes.

En 1547 viajó al Perú acompañando al gobernador, provisto de poderes que le otorgó el Cabildo de Santiago para representarlo ante el Consejo de Indias. Valdivia lo envió desde el puerto de Ilo, situado al sur de Arequipa, para avisar al Presidente La Gasca que venía a sumarse a las tropas del Rey que se dirigían al Cuzco a combatir la rebelión de Gonzalo Pizarro. Derrotado éste y confirmado Valdivia en la gobernación de Chile por La Gasca, Cárdenas suspendió su viaje a España y regresó a Chile con el gobernador, en 1549, acompañándolo en su expedición al sur y asistiendo a la fundación de la ciudad de Valdivia de la cual pasó a ser vecino encomendero.

Tuvo encomiendas de indios en los Llanos de Osorno y en Valdivia. Don Gabriel Guarda precisa que en los Llanos tuvo los repartimientos de Llomudeocaví, Tuquéncavi y Tolgüecaví, y en el río de Valdivia, que en idioma indígena era denominado Meliquegüe, los de los caciques Raugapillán, Taropieque, Ingan, Calalpillán y Aiguilande, de los que Juan de Montenegro, en 1563, llevaba tres años sirviéndose cuando Cárdenas se los traspasó. Añade Guarda que en 1565 vivía en La Imperial60. En un listado de los escribanos de Valdivia confeccionado por Guarda, figura como el más antiguo de la ciudad, junto a Cristóbal de Santa Ana, actuando como tal entre 1552 y 156361.

Don José Toribio Medina dice en su Diccionario que, según las opiniones de Luis de Toledo, Gregorio de Castañeda y Diego García de Villalón vertidas en el proceso instruido en 1548 contra Pedro de Valdivia por el Presidente La Gasca, el Secretario Cárdenas “era un hombre como charlatán”. Don Crescente Errázuriz confirma esos testimonios62. Sin embargo, la opinión que tenía de él don Pedro de Valdivia era distinta, puesto que en carta dirigida a Hernando Pizarro desde La Serena, fechada el 4 de septiembre de 1545, le dice que nombró a Juan de Cárdenas escribano mayor del juzgado, en nombre de S.M., y su secretario “hasta que venga poder del muy magnífico señor Juan de Samano, Secretario Mayor de las Indias y del Consejo de S.M. y hícelo porque él se tiene por muy servidor de vuestra merced y desea ocuparse en su servicio, como yo, y se dará muy buena cuenta y razón de sí y de lo que se le encomendare lo sabe muy bien hacer, y es persona de tan buena manera que se holgará vuestra merced de conocerle, porque tiene muchas y muy buenas partes de hombre”63.

Completa Medina la biografía de Cárdenas diciendo que Fernández Navarrete, en su Biblioteca Marítima cita como obra de Cárdenas, existente en el Archivo de Simancas, una “Relación autorizada de la tierra y costa que ha descubierto el muy magnífico señor Pedro de Valdivia hacia el Estrecho de Magallanes, etc.”

Para don Diego Barros Arana, era Cárdenas “según parece, quien redactaba la notable correspondencia del jefe gobernador”64; opinión que contradijeron don Crescente Errázuriz65 y don José Toribio Medina en la Nota Preliminar a la edición de las cartas de don Pedro de Valdivia, citada antes, diciendo “que Valdivia, como Hernán Cortés, fue el principal y verídico cronista de sus propias hazañas en el descubrimiento y conquista de Chile”.

P a s c u a l  d e  I b a c e t a66

Según Thayer67 era guipuzcoano, nacido antes de 1508. Estaba en el Cuzco en 1543 y fue condenado a destierro perpetuo del Perú en 1548 por pizarrista. Vino a Chile en 1550 con título de escribano real que le permitió comprar a Antonio de Valderrama, mediante el procedimiento de renuncias, la escribanía pública y de Cabildo de Santiago de que le había hecho merced el Presidente Pedro de La Gasca. El señor Thayer fecha esta renuncia el 7 de julio de 155068. Como sucesor de Valderrama autorizó el acta de la sesión celebrada por el Cabildo el 9 de agosto de 1550 en casa del Gobernador Pedro de Valdivia69, en que fueron aprobadas unas Ordenanzas para Minas de Plata que presentó el minero portugués Antonio Núñez de Fonseca, comisionado por el Cabildo para preparar el proyecto. Tal aprobación hizo digno a Núñez de ser nombrado Alcalde de Minas de Plata en la misma sesión, “por ser persona de honra e conciencia, e hábil e suficiente para el dicho oficio”70.

En la misma sesión del 9 de agosto de 1550 pidió Ibaceta, tal como lo hizo Núñez: “que vuestras mercedes me reciban por tal vecino, dándome merced de vecindad e me amparen en las libertades que tales vecinos gozan, dándome merced de vecindad, dándome antes todas cosas solar e tierras e chácaras, como S.M. manda”; petición que fue acogida en el mismo acto por los capitulares, disponiendo: “que gocen de las libertades que los tales vecinos suelen gozar, e los amparaban e ampararon cuanto de derecho ha lugar, de las libertades de los dichos vecinos; e que pidan solar, e tierras, e chácaras en parte que a ellos les pareciere, sin perjuicio de tercero, que ellos están prestos se les mande dar”.

El 3 de noviembre de 1552 Pascual de Ibaceta renunció su escribanía pública y de Cabildo a favor de Diego de Orué71, renuncia que exigía obtener confirmación real dentro de un plazo que era de seis años en el caso de Chile. Diego de Orué desempeñó el cargo hasta 1556, año en que viajó a España comisionado por el Cabildo para representarlo ante la Corte como procurador de la ciudad. Sin duda Orué proyectaba aprovechar el viaje para tramitar la confirmación real. Mientras regresaba a Chile restituyó el ejercicio de la escribanía a Pascual de Ibaceta, quien se desempeñó de nuevo en ella hasta el 8 de marzo de 1558, fecha en que fue suspendido por seis meses por una provisión del Justicia Mayor de Santiago, licenciado Hernando de Santillán, despachada en el juicio de residencia que le instruyó. Santillán designó como reemplazante a Tristán Sánchez, escribano real que lo era de su juzgado y actuaba como su secretario, hasta que el gobernador Hurtado de Mendoza o S.M. decidieran otra cosa. Tristán Sánchez se desempeñó interinamente desde el 11 de marzo de 1558 hasta el 23 de septiembre de 1558 fecha en que el Cabildo designó reemplazante por seis meses a Pedro de Salcedo a petición del propio Ibaceta72. Al concluir este plazo Salcedo debió entregar el cargo a Ibaceta, puesto que el 24 de julio de 1559 figura este último nuevamente como escribano público y del Cabildo de Santiago73. Al regresar Orué del viaje que hizo a España trajo consigo una real provisión que reconocía como titular de la escribanía a Pascual de Ibaceta, despachada en Valladolid el 4 de marzo de 1558 “por renunciación del dicho Orué”, documento que Ibaceta presentó al Cabildo en sesión del 19 de julio de 1559, ocasión en que estaba actuando Salcedo como escribano del Cabildo74.

En carta que dirigieron al Rey tres escribanos de Santiago, fechada el 15 de febrero de 1573, suscrita por Nicolás de Gárnica, Juan Hurtado y Juan de la Peña, le informaron que habían reclamado a la Audiencia de Chile la improcedencia del nombramiento de escribano que había conseguido Alonso del Castillo, boticario, del Presidente Gobernador Bravo de Saravia, diciéndole que habían obtenido sentencia de vista favorable a su impugnación75, comentando que el primer escribano público y de Cabildo de Santiago había sido Diego de Orué, y que “por dejación del dicho oficio lo fue Pascual de Ibaceta76.

En una escritura pública otorgada el 14 de abril de 1559 ante el escribano Pedro de Salcedo, mientras éste reemplazaba a Ibaceta, comparecieron Antonio Cardoso, sastre, y Tristán Sánchez, escribano de Su Majestad, ambos “estantes” en la ciudad, dándose poderes recíprocos para cobrar y percibir los créditos que en ella detallan. Dice el texto de la escritura que los créditos que Tristán Sánchez autoriza a Cardoso para cobrar son los detallados en un mandamiento despachado a su favor por el licenciado Santillán, que se le debían por derechos y negocios pasados ante él, que totalizaban 316 pesos “de buen oro de Chile, de valor cada un peso de a cuatrocientos e cincuenta maravedís”, de los cuales Pascual de Ibaceta “escribano que fue de esta ciudad” le debía “treinta pesos de buen oro”77.

Poco antes de ser suspendido Ibaceta, el 7 de junio de 1557, doña Esperanza de Rueda, viuda del Adelantado Jerónimo de Alderete, otorgó ante él un poder para litigar78.

Dice Thayer que Ibaceta era vecino de Santiago en 1565 y de Castro en 1567 citando un documento que lo da por muerto en 1562 bajo el nombre de Gaspar de Ibaceta79. Puede haber un error en la fecha en que se le da por muerto –pudo ser 1572– o tratarse de una persona distinta. Ninguna de las fuentes consultadas nombra a su mujer. Thayer dice que fue hija suya doña Ana de Lara, mujer del escribano Joaquín de Rueda. Además dice que también fue hija suya Margarita de Ibaceta, casada con el capitán Gaspar Álvarez, la que testó ante Toro Mazote el 17 de junio de 1631.

Pascual de Ibaceta fue dueño en Santiago de una chacra, que probablemente le dio el Cabildo, colindante con otra perteneciente a Pero Gómez de Don Benito, la que deslindaba por otro costado con una perteneciente a Francisco Martínez, “corral en medio80. Consta así de la escritura de venta de la chacra de Pero Gómez de Don Benito a Frutos García, fechada el 3 de mayo de 1559, ante Pedro Salcedo, por un precio de 400 pesos de buen oro fundido y marcado, de valor de 450 maravedís cada peso81.

D i e g o  d e  O r u é82

No me ha sido posible averiguar su procedencia ni la fecha de su llegada a Chile. El linaje de Orué era originario de Vizcaya. Fernández Pradel dice que Orue, en idioma vasco, significa “solar” y que una variante de este apellido es Orrue, con casa solariega en Abando, lugar próximo a Bilbao, compartiendo ambos apellidos las armas de un mismo linaje83.

Diego de Orué probablemente perteneció a la misma familia de Martín de Orué, navegante español84 que en 1540 acompañó al Adelantado Alvar Núñez Cabeza de Vaca en su expedición al Río de la Plata, y cuando fue depuesto, en 1544, como consecuencia de una revuelta encabezada por Domingo Martínez de Irala, regresó con el Adelantado en el mismo bergantín en que le enviaron preso a España. Doce años después, Martín de Orué volvió al Paraguay al mando de una flota en que viajó el obispo Fray Pedro de la Torre llevando a Martínez de Irala el nombramiento de gobernador propietario. Un hijo o nieto suyo, Martín de Orué y Zárate, regidor decano de Asunción, al fallecer el alcalde Ruy Díaz de Guzmán85 lo sucedió en la alcaldía de la ciudad. También es probable que haya tenido relación de parentesco con Sancho Ortiz de Orué, que firmaba Sancho de Orúe, vecino del Cuzco en agosto de 1572, y con el capitán Pedro Ortiz de Orué, vecino del Cuzco en tiempos del virrey Francisco de Toledo, que gobernó entre el 26 de noviembre de 1569 y el 23 de septiembre de 1581, cuyos hijos Pedro y Martín de Orué formaron parte de la fuerza expedicionaria que Toledo envió a la conquista de Vilcabamba, remota ciudad serrana en que estaba refugiado el inca Tupac Amaru, último de la dinastía que había reinado en el Perú, que fue apresado allí con su familia y luego procesado y ejecutado en el Cuzco en cumplimiento de una inicua sentencia pronunciada por Toledo en un proceso simulado bajo sus instrucciones que indignó a Felipe II y ocasionó la ruina económica y moral del ex virrey. Se atribuye su muerte al pesar que le causó haber caído en desgracia ante S.M. cuando esperaba recibir honores y mercedes.

Diego de Orué adquirió de Pascual de Ibaceta la plaza de escribano público y del Cabildo de Santiago por renuncia que el señor Thayer fecha el 3 de noviembre de 1552 y se desempeñó hasta el 19 de octubre de 155686 porque se disponía a viajar a España. Hay constancia de que Orué permanecía allá en 1558, porque aparece mencionado en una real cédula despachada en Valladolid el 8 de agosto de 1558, inserta en una carta de poder y comisión otorgada por el gobernador Rodrigo de Quiroga a Carlos de Molina nombrándolo mayordomo de la obra de reconstrucción de la iglesia de Santiago. En dicha real cédula, el Rey respondió una solicitud que Orué le dirigió en representación de los vecinos de Santiago pidiendo fondos de la Real Caja para financiar dicha obra, aceptando S.M. contribuir con una tercera parte del costo, disponiendo que el financiamiento de otro tercio corriera por cuenta de los indios del obispado y el tercio restante gravara a los vecinos y moradores encomenderos. Esta real cédula reza como sigue: “EL REY.- Nuestro gobernador de la provincia de Chile. Diego de Orué, en nombre de la iglesia parroquial de la ciudad de Santiago desa provincia, me ha hecho relación que para hacer la dicha iglesia Pedro de Valdivia, nuestro gobernador que fue desa provincia, mandó dar de nuestra real caja dos mil pesos de oro y que todo lo demás a complimiento de doce mil pesos que costó hacerse la dicha iglesia dieron los vecinos de la dicha ciudad y que después de haberse acabado se cayó y que hasta agora no se ha hecho y me suplicó que porque los vecinos de la dicha ciudad estaban adeudados hiciese merced a la dicha iglesia de seis mil pesos de oro para ayuda al edeficio della, porque con brevedad se acabase, porque si los vecinos la hobiesen de hacer nunca se acabaría o como la mi merced fuese y porque Nos deseamos que con brevedad la dicha iglesia se acabe, vos mandamos que proveáis como se acabe y faga como convenga y que toda la costa que se hiciere en ella se reparta en esta manera que deis orden que la tercia parte se pague de nuestra hacienda real y que con la otra tercia parte ayuden los indios dese obispado y con otra tercia parte los vecinos y moradores encomenderos que vivieren en la dicha ciudad y tuvieren pueblos encomendados y para la parte que nos cupiere a Nos de los pueblos questuvieren en nuestra corona real o en comarca de la dicha ciudad, contribuyamos como cada uno de los dichos encomenderos y si en la dicha ciudad moraren españoles que no tengan encomienda de indios, también les repartiréis alguna cosa, atento a la calidad de sus personas e faciendas, pues también ellos tienen obligación al beneficio de la dicha iglesia y lo que ansí a estos se le repartiere se descargará de las partes que cupieren a los indios y a los encomenderos. Fecha en la villa de Valladolid, a ocho días del mes de agosto de mil y quinientos y cincuenta y ocho años. La Princesa. Por mandado de Su Majestad Su Alteza, en su nombre, Francisco de Ledesma”87.

Como no tenía todavía confirmación real la renuncia de Ibaceta a favor de Orué cuando éste viajó a España, la escribanía debió ser desempeñada nuevamente por Ibaceta mientras Orué regresaba, situación que perduró hasta el 8 de marzo de 1558, fecha de un decreto judicial que le suspendió por seis meses, despachado en el juicio de residencia que le instruyó el Justicia Mayor de Santiago, licenciado Hernando de Santillán, quien dispuso en el mismo decreto que fuera reemplazado temporalmente por su propio escribano y secretario Tristán Sánchez88. Cumplidos los seis meses, a petición de Ibaceta, el Cabildo designó reemplazante a Pedro de Salcedo en sesión del 23 de septiembre de 1558 por otro lapso de seis meses89.

Cumplida su misión en España, Orué regresó a Chile a mediados de 1559, trayendo una real provisión despachada en Valladolid el 4 de marzo de 1558 que reconocía como titular de la escribanía a Pascual de Ibaceta “por renunciación del dicho Orué”, documento que Ibaceta presentó al Cabildo en sesión del 19 de julio de 1559, ocasión en que estaba actuando como escribano Pedro de Salcedo90.

En 1567, la Real Audiencia de Concepción recibió una real cédula que le mandaba remitir al Consejo de Indias un traslado de ciertas informaciones rendidas en una requisitoria despachada contra Diego de Orué91 quien, al parecer, ya no se encontraba en Chile. La plaza del número en que se había desempeñado Orué e Ibaceta la estaba ocupando como titular Nicolás de Gárnica92.

En una carta que remitieron al Rey, el 15 de febrero de 1573, los escribanos de Santiago, Nicolás de Gárnica, Juan Hurtado y Juan de la Peña, comunicándole que tenían pleito pendiente ante la Real Audiencia con Alonso del Castillo, boticario, impugnando el nombramiento de escribano de Santiago con que le había favorecido el gobernador Bravo de Saravia, juicio en que habían obtenido sentencia de vista a su favor93, dicen que el primer escribano público y del cabildo de Santiago fue Diego de Orué “por dejación” que le hizo de ese oficio Pascual de Ibaceta94.

A n t o n i o  L o z a n o

De origen hidalgo al decir del gobernador Valdivia, según Thayer95. Nacido por 1518 o 1519. Vino a Chile con Maldonado o Pastene a fines de 1547, permaneciendo en Santiago hasta 1550, año en que partió al Sur con Pedro de Valdivia y se contó entre los vecinos fundadores de la ciudad de Concepción (3 de marzo de 1550), siendo agraciado con una de las primeras cuarenta encomiendas que repartió Valdivia (5 de octubre de 1550). Según Thayer fue el primer escribano público y de Cabildo de Concepción, aunque don Luis de Roa afirma que el primero fue Gaspar de las Casas, sin precisar su fuente de información96. En una carta de recibo de dinero y escrituras otorgada por Alonso Calvo, en nombre de Diego Díaz Becerril, a favor de Antonio Zapata, fechada el 16 de noviembre de 1565, en Santiago, ante Juan de la Peña, se incluye un listado de escrituras entre los cuales se mencionan 32 otorgadas en Concepción ante Antonio Lozano, la más antigua de las cuales aparece datada el 4 de mayo de 1551 y la última el 15 de noviembre de 156497.

En 1553 le correspondió actuar como Secretario de Pedro de Valdivia usando el título de “Escribano del Juzgado” con el cual refrendó las instrucciones que el gobernador impartió al capitán Francisco de Riberos comisionado para pasar a la conquista y población de la provincia de Cuyo; misión que Riberos no alcanzó a cumplir debido a la muerte de Valdivia en el combate de Tucapel (26 o 27 de diciembre de 1593)98.

Según Thayer se desempeñó como Secretario de la Real Audiencia de Concepción en 1572. Como el Secretario titular era Antonio de Quevedo, debemos suponer que actuaba como suplente en razón de alguna ausencia temporal de Quevedo. En 1572 doña María Marmolejo le confirió poder para que la representara en juicio99. Según Thayer seguía en su escribanía en 1573100.

Medina dice que Lozano llegó a Chile en vísperas de la partida de Pedro de Valdivia al Perú y que a su regreso lo acompañó a la fundación de Concepción y a guerrear con los indios; que era tenido por hidalgo y como a tal le dio Valdivia el repartimiento del cacique Talagante, del cual hizo dejación para obtener el que había sido de Antonio Beltrán por título fechado el 2 de septiembre de 1552. Este último se lo quitó Hurtado de Mendoza para dárselo a doña Marina Ortiz de Gaete, viuda de Pedro de Valdivia. Lozano vivía aún en 1575101.

Contraviniendo expresas prohibiciones legales, Lozano tenía en su despacho de Concepción, en 1559, un teniente de escribano, que lo fue Ñuflo de Herrera, quien aparece suscribiendo como tal una escritura fechada el 9 de marzo de 1559, en ausencia de Lozano102.

Herrera, nacido en 1527, vino a Chile en 1557 con don García Hurtado de Mendoza, se avecindó en Concepción, fue regidor de su Cabildo en 1571 y alcalde en 1574. En 1573 actuaba como Tesorero de la Real Hacienda103.

Lozano fue casado con Luisa de Vergara, viuda de Juan Fernández Garcés, quien según Thayer parece haber sido hija natural del conquistador Gaspar de Vergara104 uno de los que se unieron a Pedro de Valdivia en El Cuzco, en 1539. Fue, sucesivamente, regidor de los Cabildos de Santiago (1548) de Concepción (1550) y alcalde de los Confines de Angol (1562)105. Según Medina, Gaspar de Vergara nació en 1507 y se unió a la expedición de Pedro de Valdivia en Copiapó y no en El Cuzco, como afirma Roa106. Al parecer doña Luisa de Vergara fue hija matrimonial y no natural de Gaspar de Vergara; puesto que éste viajó a España en 1555 seguramente a buscar a su familia y regresó al año siguiente a Chile acompañado de su hija Luisa y a de sus hermanas Inés, casada con Sebastián García, y Francisca, que fue la segunda mujer de Cristóbal Salvador107.

G a s p a r  d e  l a s  C a s a s

Según don Luis de Roa pasó a Santa Marta con el gobernador García de Lerma en 1528 y vino con Pedro de Valdivia a la conquista de Chile en 1540108 firmando con el número 61 el acta en que Valdivia fue proclamado Gobernador.

Fue vecino encomendero y escribano público de Concepción en 1550 y alcalde de esa ciudad en 1554. Agrega Roa que firmó un memorial, en enero de 1554, referido a la muerte de Pedro de Valdivia, actuando como Corregidor o primer Alcalde de Tucapel y Los Confines.

Fue dueño en Concepción de una chacra que tenía por cabezada el río Andalién y el camino real y lindaba con otra de Gaspar de Vergara, que fue después de Diego García de Cáceres y este último vendió a Rodrigo Volante109.

Pereció combatiendo con los indios en la batalla de Marigueñu, en febrero de 1554.

Con la pérdida de los libros y documentación de Concepción en las sucesivas destrucciones bélicas y naturales que sufrió la ciudad, se han perdido también otras noticias sobre este escribano que pudo tener alguna relación de parentesco con el famoso Obispo de Chiapas, fray Bartolomé de las Casas, o con Pedro de las Casas, conquistador del Perú, que pasó al descubrimiento de Chile con Diego de Almagro, casado en Lima, en 1550, con Catalina de las Casas, a quien el virrey Marqués de Cañete hizo merced en 1556 de 1.000 pesos de renta para él, su mujer e hijos110.

A l o n s o  d e l  C a s t i l l o

Nació en España en 1530 y obtuvo licencia de cirujano, en Valladolid, el 7 de abril de 1551111. Pasó a Indias y se radicó en el Perú donde desempeñaba, en 1561, el cargo de tasador y repartidor112 de la Real Audiencia de Lima. Dos años después figura en Santiago actuando como escribano. Podemos suponer que obtuvo de la Audiencia de Lima el título de escribano real. Actuó también en Santiago como procurador de causas, aprovechando el conocimiento de trámites judiciales que había adquirido en Lima, pero no debió rendirle mucho el oficio, puesto que el 2 de agosto de 1566 presentó al Cabildo de Santiago la licencia de cirujano que había obtenido del doctor Ceballos, protomédico de Valladolid, y fue autorizado para curar a dos señoras, doña Catalina de Mendoza y doña Ginebra de Céspedes, porque no había en Santiago ningún cirujano113. En la misma ocasión, Castillo dijo que era boticario. En la sesión siguiente de 30 de agosto, de 1566114 el Cabildo lo nombró cirujano del hospital de pobres de la ciudad con salario de 230 pesos anuales pagadero en especies y no en dinero. En sesión de 6 de noviembre de 1568 se dio cuenta de una acusación presentada contra Castillo por el procurador de causas Martín Fernández de los Ríos que el Cabildo ordenó investigar al alcalde Juan Jufré. Hernández lo acusó de ignorancia y negligencia y de ser responsable de la muerte de varios pacientes hospitalizados115. No consta en actas posteriores el resultado de la investigación, pero lo cierto es que no se le renovó el nombramiento sino varios años después.

En 1565 Castillo figura actuando como “notario apostólico” y ese mismo año el chantre116 Luis Bonifacio le otorgó poder ante Juan de la Peña por escritura pública de 13.03.1565, tratándolo de “notario público”, para cobrar de las cajas reales 200 pesos que se le debían e imputarlos a igual suma que el chantre debía a Castillo por ayudas recibidas y por derechos de negocios pasados ante él117.

Por escritura pública, otorgada también ante el escribano De la Peña, fechada de abril de 1565, doña María de Encío, cónyuge de Gonzalo de los Ríos, le delegó un poder que le había conferido su marido en el mes de marzo del mismo año ante el escribano Juan Hurtado para representarlo en pleitos y cobranzas, sin facultad para contestar demandas nuevas118.

En 1573, el gobernador y presidente de la Audiencia de Concepción, Melchor Bravo de Saravia, le extendió un nombramiento como escribano del número de Santiago, según deja constancia en los instrumentos que otorgó después de este nombramiento119. Esta designación motivó un reclamo que dirigieron al Rey los escribanos Nicolás de Gárnica, Juan Hurtado y Juan de la Peña en carta fechada el 15 de febrero de 1573, en que expresan que Bravo de Saravia “por sus fines puso por escribano de esta ciudad a un Alonso del Castillo, boticario, persona no hábil ni conocida”. La expresión que emplean los reclamantes “por sus fines”, indica que en su concepto el nombramiento era de conveniencia para Bravo de Saravia, dando a entender que algún favor o dádiva habría recibido a cambio, puesto que era de público conocimiento que Bravo de Saravia tenía por costumbre recibir dádivas de aquellos a quienes beneficiaba con encomiendas, mercedes y designaciones, que eran sólo algunas de las graves faltas de probidad en que incurrió y que motivaron su condena en el juicio de residencia que se le instruyó al cesar en su cargo. Llama la atención que haya firmado la carta Nicolás de Gárnica que había sido uno de los protegidos de Bravo de Saravia.

Alonso del Castillo sucedió a Juan de la Peña en el cargo de escribano del Cabildo de Santiago, a partir del 5 de marzo de 1577120. En 1578 se declara “escribano de registro121. En 1580 asistió como testigo a la publicación (pregones) de la ordenanza sobre tributos indígenas que dictó el gobernador Martín Ruiz de Gamboa. En 1591 el Teniente de Gobernador Pedro Vizcarra lo designó mayordomo del hospital, sin salario, cargo en que permaneció dos años. El mismo año 1591 le correspondió autorizar la escritura de donación de la hacienda de Chada que hizo Alonso de Miranda al Hospital de Santiago, denominado entonces Hospital de San Juan de Dios, la que algún tiempo después pasó a llamarse Hacienda del Hospital o, sencillamente Hacienda Hospital.

En 1592 renunció su escribanía del número a favor de Melchor Hernández a cambio de cierta cantidad de dinero122.

Acudiendo a sus conocimientos médicos, el Cabildo de Santiago, en 1589, solicitó su opinión respecto de las medidas de prevención que debían adoptarse para evitar que los barcos que venían a Chile desde el Perú transmitieran las epidemias que allá se habían producido, de viruelas, sarampión y tabardete123.

Alonso del Castillo fue dueño de dos solares en Santiago en los que construyó su casa, situados entre el cerro Santa Lucía y el río Mapocho. Al construirse la acequia que trajo agua potable a la ciudad, se erigió frente a su casa el edificio de la fuente, perdiendo Castillo el abastecimiento de agua del río Mapocho que recibía por una canaleta que fue necesario tapar, motivo por el cual pidió y obtuvo del Cabildo que se le hiciera merced de las aguas sobrantes de la fuente124.

Falleció en 1595. Según don José Toribio Medina, Alonso del Castillo fue casado con la sevillana Elvira Rodríguez, la que testó el 1 de marzo de 1607 ante Miguel Jerónimo Venegas.

Notas

* Este trabajo fue presentado en las IV Jornadas Chileno-Peruanas de Historia del Derecho, organizadas por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, los días 29 y 30 de mayo de 2014. Fue entregado oportunamente por su autor en vistas de la pretendida publicación de las actas de dichas Jornadas, lo que no sucedió, por lo que nos complace publicarlo en las páginas de la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos como un homenaje póstumo y emocionado a don Galvarino Palacios, quien ya no se encuentra entre nosotros.

1 Espec. 4,12,1. Según texto publicado en Los Códigos Españoles concordados y Anotados (Madrid, 1849), VI, pp. 7-208.

2 Espec. 4,12,2, cit. (n.1).

3 Part. 3,19,2.

4 Ayala, Manuel Joseph, Diccionario de Gobierno y Legislación de Indias (edición de Milagros del Vas Mingo, Madrid, Ediciones de Cultura Hispánica, 1982-1996), XII, p. 320.

5 Ibíd., VI, p. 35, voz “Escribanos”.

6 Según don Gabriel Guarda, don Rodrigo de Escobar Osorio que fue Sargento Mayor de Chiloé y murió asesinado por el corsario holandés Baltazar de Cordes el año 1600 en la Ciudad de Castro, donde dejó descendencia, fue nieto del escribano de Colón. Guarda, Gabriel, Una ciudad chilena del siglo XVI. Valdivia 1552-1604 (Santiago, Ediciones Universidad Católica de Chile. 1993), p. 170, N°489.

7 Bravo Lira, Bernardino, La institución notarial en Chile. Notas sobre su origen y configuración jurídica, en Él mismo, Derecho común y derecho propio en el Nuevo Mundo (Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 1989), p. 266. Originalmente publicado en la Revista de Derecho de la Universidad Católica de Valparaíso (1972), pp. 63-72.

8 Thayer, Tomás, Formación de la sociedad chilena y censo de la población de Chile en los años de 1540 a 1565 (Santiago, Prensas de la Universidad de Chile, 1941), III, p. 165.

9 Valdivia, Pedro de, Cartas que tratan del descubrimiento y conquista de Chile (Ed. facsimilar dispuesta y anotada por José Toribio Medina, Santiago, Fondo Histórico Bibliográfico José Toribio Medina, 1953).

10 Bravo Lira, Bernardino, cit. (n. 7), p. 268.

11 En la documentación de la época puede comprobarse que todos se autotitulaban “escribano público y de Cabildo”.

12 Generalmente se le identifica con el apellido Bohon, como lo hace don José Toribio Medina en su Diccionario Biográfico Colonial de Chile. Según don Luis de Roa, en su obra El Reyno de Chile (Nº 227) su apellido era Bohom. Con nombramiento de Teniente de Gobernador y Capitán General, le encargó Valdivia fundar la ciudad de La Serena. Cuatro años después, en diciembre de 1548, fue muerto con todos los soldados que le acompañaban, cuando salió de La Serena rumbo al norte con el propósito de fundar un fuerte en Copiapó. Desguarnecida La Serena de sus defensores fue destruida por los indios pocos días después y asesinados sus moradores.

13 Natural de Talavera de la Reina, casado con doña María Mayor Díaz de Castro, probablemente hija o hermana de García Díaz de Castro, vecino de La Serena.

14 Roa, Luis de, El Reyno de Chile 1535-1810 (Valladolid, 1945), Nº 55.

15 Es la opinión de don Tomás Thayer, cit. (n. 8), II, p. 20.

16 En una carta de recibo de dinero y escrituras otorgada por Alonso Calvo, en nombre de Diego Díaz Becerril, a favor de Antonio Zapata, fechada el 16 de noviembre de 1565 en Santiago ante Juan de la Peña, se incluye un listado de escrituras entre las cuales se mencionan 32 otorgadas en Concepción ante Antonio Lozano, la más antigua de las cuales tiene fecha 4 de mayo de 1551. Protocolos de los Escribanos de Santiago, Primeros Fragmentos, 1559 y 1564-1566: II: 1565-1566 (Transcripción paleográfica de Álvaro Jara y Rolando Mellafe, Santiago, Ediciones Dibam, 1996), pp. 511ss.

17 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° 706.

18 Venido a Chile en 1551. Originario de Aranda de Duero, hijo legítimo de Ortega de Almagro y de Catalina. Roa, Luis de, cit. (n. 14), Nº 207.

19 Bravo Lira, Bernardino, cit. (n. 7), p. 269.

20 El nombramiento de Salcedo lo cursó el gobernador García Hurtado de Mendoza que lo trajo en su séquito cuando vino a hacerse cargo de la gobernación de Chile.

21 Apéndice del trabajo antes citado, p. 272.

22 Lo afirma Juan de la Peña en carta dirigida a S.M. el 15.02.1573, publicada en CDICH, 2ª serie, II, p. 6. La exclusión de “lo público y de cabildo que estaba proveído” seguramente alude a la escribanía vitalicia que el Presidente Pedro de la Gasca había dado a Antonio de Valderrama en 1549 en la cual le sucedieron como renunciatarios Pascual de Ibaceta y luego Diego de Orué.

23 Medina, José Toribio, Diccionario Biográfico Colonial de Chile (Santiago, Imprenta Elzeviriana, 1906), pp. 192, 405 y 779.

24 Don Tomás Thayer y don Carlos I. Larraín, en su trabajo Valdivia y sus compañeros (Santiago, Academia Chilena de la Historia, Imprenta Universitaria, 1950) suponen que el título de escribano real pudo comprarlo a Francisco Rodríguez de Hontiveros que, como Pinel, pasó a Indias en 1537, suposición que en mi opinión es equivocada porque el título de escribano real era personalísimo e intransferible, como los títulos académicos.

25 Esta es la fecha que indica el cronista Jerónimo de Bivar. El padre Rosales data la toma de posesión el 27 de octubre de 1540. Parece más fiable la fecha registrada por Bivar que fue contemporáneo de Valdivia. El padre Rosales escribió su historia cien años más tarde y por ello es más probable que haya errado en la fecha; pero también es posible que exista un error de transcripción de alguno de los manuscritos.

26 Crónica y relación copiosa y verdadera de los Reynos de Chile (Santiago, transcripción paleográfica de Irving Leonard, Edición facsimilar del Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina, 1966), p. 21.

27 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), III, p. 89.

28 Así se denominaba el valle de Casablanca a la llegada de los conquistadores. Esa denominación podría significar que estaba poblado por “mitimaes” traídos de la provincia de Cuyo (¿Acuyo?).

29 Amunategui Solar, Domingo, Las encomiendas indígenas de Chile (Santiago, Imprenta Cervantes, 1909), I, p. 67.

30 Valdivia zarpó desde Valparaíso el 13 de diciembre de 1547, según dice en una carta de relación e instrucciones que dirigió a sus apoderados, el clérigo Rodrigo González y el caballero hijodalgo Alonso de Aguilera, fechada el 15 de octubre de 1550, publicada entre las que editó el Fondo Histórico Bibliográfico José Toribio Medina, en 1953, cit. (n. 9), p. 139.

31 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), III, p. 89.

32 Errázuriz, Crescente, Historia de Chile. Pedro de Valdivia (Santiago, Imprenta Cervantes, 1912), II, pp. 2-16, comenta este episodio y las razones que tuvo Valdivia para actuar como lo hizo.

33 En la misma carta a que se refiere la nota (9), dice Valdivia que regresó en mayo de 1549 y que en su viaje al Perú gastó en servicio de S.M. “en oro e plata, ciento e ochenta e seis mil e quinientos castellanos”.

34 Errázuriz, Crescente en la obra citada en la nota 32, p. 22, menciona una declaración de Villagra en la que afirmó que al regresar Valdivia él tenía pagados “cuarenta y seis mil y tantos pesos” de los sesenta y tres mil o algo más a que ascendió el préstamo forzado.

35 Según el señor Errázuriz, vivía en una misma casa con el otro escribano que había en Santiago, Luis de Cartagena, pues se habían hecho muy amigos y éste último declaró que lo estimaba como a su padre. Cit. (n. 32), pp. 21 y 27.

36 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٤٥٤ y ٩٩٥.

37 El Emperador autorizó a Alderete para embarcarse ordenando que el juicio se prosiguiera ante la Audiencia de Lima. El fallo fue favorable a Valdivia, tanto en lo relativo al préstamo como a la muerte de Pinel y Alderete fue excusado de responsabilidad.

38 Roa, Luis de, cit. (n. 14), Nº ٤٥٤.

39 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), II, pp. 165-178.

40 En la sesión del Cabildo de 22.03.1550, declaró Cartagena: “Fueme encargado que diga e declare qué tanto tiempo he servido en el dicho oficio y qué pesos de oro he recebido para en cuenta, y qué es lo que se me resta debiendo; so cargo del cual declaro e digo, que es verdad que en el dicho oficio de escribano de Cabildo e residido y servido desde doce de febrero del año de mil e quinientos e cuarenta e un años, que ha nueve años y un mes […]” La indicada fecha, 12 de mayo de 1541, debiera coincidir con la de fundación de la ciudad, aunque algunos autores sitúan la fundación el día 24 de febrero de 1541 basados en que Pedro de Valdivia, en dos cartas que dirigió al Emperador Carlos V, el 4 de septiembre de 1545 desde La Serena, y el 15 de octubre de 1550 desde Concepción, le decía que había fundado la ciudad de Santiago del Nuevo Extremo el 24 de febrero de 1541. “formando cabildo y poniendo justicia”.

41 Pero Sancho de Hoz, siguiendo los pasos de Valdivia, llegó a su campamento de Atacama con un grupo de amigos y seguidores, fracasando en su intento de darle alevosa muerte para tomar el mando de la expedición. Valdivia lo puso en prisión y le perdonó la vida a cambio de exigirle que renunciara a la compañía que tenían formada y le entregara los títulos que había recibido del Rey y de Francisco Pizarro, para conquistar y poblar tierras al Sur del Estrecho de Magallanes, región que Valdivia probablemente traía la intención de agregar a su gobernación, según lo demostró su conducta posterior. Según Encina (tomo I, pág. 115), la compañía con Pero Sancho debió formarla Valdivia aceptando una sugerencia de Francisco Pizarro, en vista de que Sancho de Hoz venía llegando de España con una autorización real para conquistar y poblar tierras al sur del Estrecho de Magallanes. La formación de tal compañía evitaba a Pizarro eventuales problemas políticos, lo que sin duda comprendió Valdivia, porque también a él se los evitaba. El elevado costo de los aportes comprometidos por Pero Sancho de Hoz, que estaba arruinado y no tenía crédito, hacía previsible que no podría cumplir con ellos circunstancia que no debió escapar a la inteligencia de Valdivia, puesto que el incumplimiento le abriría la posibilidad de exigir la disolución de la sociedad. Pudo ser también una presumible razón para que Sancho de Hoz intentara dar muerte a Valdivia y apoderarse de la gobernación de Chile.

42 En la colección de Documentos Inéditos para la Historia de Chile, en adelante CDICH, 1° serie, VIII, p. 32. Fue publicada la escritura de dejación.

43 Adviértase el parecido que esta forma de contratación tiene con la actual denominada “contrato de leasing”.

44 Alude a don Rodrigo González de Marmolejo, primer Obispo de Santiago, a quien Pedro de Valdivia le hizo merced de la chacra de Conchalí.

45 Protocolos, cit. (n. 16), I, pp. 204-205.

46 Medina, José Toribio, cit. (n. 23) pp. 177-178.

47 A la fecha de esta real cédula, había sido suprimida la Real Audiencia de Concepción y no estaba creada todavía la de Santiago.

48 Este año debe ser 1563 y no 1573, según las fechas que más adelante indica la propia cédula, como 28 de mayo de 1564 y 22 de septiembre de 1567. Hay un evidente error de transcripción del original o un error de impresión. Pedro de Villagra gobernó desde el 29 de junio de 1563 al 18 de junio de 1565.

49 Esta fecha demuestra el error aludido en la nota anterior.

50 Errázuriz, Crecente, cit. (n. 32), II, pp. 17ss.

51 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٤٣٧ y ٢١١.

52 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), III, p. 11

53 Gay, Claudio, Historia Física y Política de Chile (Paris, en casa del autor, 1852), I, Documentos.

54 El presidente La Gasca fue autorizado por S.M. para hacer estos nombramientos sin exigir que obtuvieran confirmación real.

55 Thayer, Tomás, Guía para facilitar la consulta del Archivo de Escribanos que se custodia en la Biblioteca Nacional (Santiago, Imprenta Universitaria, 1914).

56 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), III, p. 273.

57 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٢١٩٠.

58 Guarda, Gabriel, cit. (n. 6), N° ٢٩٥.

59 Medina, José Toribio, cit. (n. 23), pp. 168-169.

60 Guarda, Gabriel, cit. (n. 6) N° 295 y Nueva historia de Valdivia (Santiago, Universidad Católica, 2001), pp. 89-91.

61 Guarda, Gabriel, cit. (n. 6), p. 60.

62 Errázuriz, Crecente, cit. (n. 32), I, p. 28.

63 Valdivia, Pedro de, Cartas, cit. (n. 9).

64 Barros Arana, Diego, Historia general de Chile (Santiago, 1884), II, p. 293.

65 Errázuriz, Crecente, cit. (n. 32), II, pp. 363-366.

66 Según Fernández Pradel, Linajes vascos y montañeses en Chile, pág. 295, el apellido se escribe indistintamente Ibaceta, Ibazeta, Ibaseta o Ibaeta.

67 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), II, p. 157.

68 Thayer. Tomás, Guía para facilitar la consulta del Archivo de Escribanos (Santiago, Imprenta Universitaria, 1914, p. 8.

69 Colección de Historiadores de Chile, en adelante CHCH, I, pp. 252-256.

70 Al aceptar y jurar el cargo dijo Núñez “que podrá haber seis años poco más o menos, que él fue recibido en el Cabildo de esta dicha ciudad por vecino, e que ahora a su noticia era venido, que por inadvertencia del escribano del dicho Cabildo no fue asentado en el libro del Cabildo”, por lo cual pidió que le recibiesen y tuviesen por vecino y le dieran solar, tierras y chacras como a tal vecino. Se trata del portugués, ¿judío?, Antonio Núñez de Fonseca con larga descendencia en Chile.

71 Fecha indicada por Thayer, cit. (n. 68).

72 CHCH, XVII, Actas Cabildo de Santiago, II, pp. 47-48.

73 CDICH, 2da serie, II, p. 50.

74 CHCH, XVII, Actas Cabildo de Santiago, II, pp. 75-78.

75 Seguramente fue revocada en revista, puesto que Alonso del Castillo siguió ejerciendo varios años la escribanía.

76 Estas afirmaciones no son exactas. Fue Ibaceta quien compró la escribanía a Antonio de Valderrama y la cedió a Diego de Orué, quien trajo a Chile una provisión real, fechada en Valladolid el 4 de marzo de 1558, que reconoce como titular a Ibaceta “por renunciación” de Orué. Esto podría significar que la renuncia de Ibaceta a favor de Orué no obtuvo confirmación real o acordaron entre ambos resciliarla, debido a que Orué había decidido regresar a España.

77 Protocolos, II, pp. 35-37. Al decir “escribano que fue”, probablemente aludían a que en ese tiempo ya no lo era, porque estaba suspendido.

78 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٩٦١.

79 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), II, p. 157.

80 Seguramente Francisco Martínez, que fue socio de Pedro de Valdivia.

81 Protocolos, I, pp. 98-99.

82 En diferentes documentos su apellido se ha transcrito como Orué, Orve u Orbe. Álvaro Jara y Rolando Mellafe en Protocolos lo transcriben como Orué. En CDICH, segunda serie, I, 98 se transcribe como Orbe.

83 Fernández Pradel, Pedro Javier, Linajes Vascos y Montañeses en Chile (Santiago, Talleres Gráficos San Rafael, 1930), pp. 383, 387.

84 Su biografía en el Diccionario Enciclopédico Hispano Americano, editado por Montaner y Simón en 1912, tomo XV, p. 401.

85 Díaz de Guzmán, fallecido el ١٧ de junio de 1629, fue el autor de una famosa crónica conocida con el nombre de La Argentina, que relata los primeros años de la conquista del Río de la Plata.

86 Thayer, Tomás, cit. (n. 68), p. 8.

87 Protocolos, I, p. 342.

88 CHCH, XVII; Actas del Cabildo de Santiago, II, pp. 4- 5, sesión de 11 de marzo de 1558.

89 Ibíd., pp. 47-48.

90 Ibíd., pp. 75-78.

91 CDICH, 2ª Serie, I, p. 98. El documento no indica si la requisitoria (exhorto para requerir citación o emplazamiento) era de carácter civil o penal; pero debió tratarse de un asunto de cierta importancia dado que el Consejo de Indias mandaba que le remitieran copias de las informaciones aludidas. Los atentados que pudieran cometer los escribanos contra la fe pública siempre eran considerados asuntos de primera importancia.

92 Protocolos, I, p. 409. Transcribe testamento de Marí González Bindia, viuda de Hernando Trujillo, otorgado el 16 de septiembre de 1565 ante Juan de la Peña, en el cual menciona a Gárnica diciendo que era sucesor de Diego de Orué.

93 Debió ser revocada en revista, porque Alonso del Castillo siguió desempeñando la escribanía hasta 1592, año en que la cedió a Melchor Hernández de la Serna.

94 CDICH, 2da. serie, II, p. 6. La afirmación está errada, el primer escribano que tuvo nombramiento real fue Antonio de Valderrama, designado por el Presidente La Gasca, según se explica en las biografías de Valderrama y de Ibaceta.

95 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), II, p. 230.

96 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٥٥.

97 Protocolos, II, pp. 511ss.

98 CDICH, ١ª serie, XVII, pp. 119-121. El texto de las instrucciones aparece transcrito en la información de méritos y servicios del capitán Riberos rendida en Santiago el 29 de diciembre de 1564.

99 Roa, Luis de, cit. (n. 14), Nº ٧٠٦.

100 Thayer, Tomás, cit. (n. 8). II, p. 249, dato confirmado en CDICH, 2ª serie, II, p. 249.

101 Medina, José Toribio, cit. (n. 23), biografía de Lozano y Thayer, Tomás, Antiguas ciudades de Chile (Santiago, Imprenta Cervantes, 1911), p. 101.

102 Protocolos, I, p. 52. Documento inserto en carta de venta de 21 de abril de 1559 otorgada en Santiago ante Pedro de Salcedo. Es posible que hubiera sido dispensado de la prohibición en vista de que actuaba en tierra de “guerra viva”.

103 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N°١٢٤٧.

104 Thayer, Tomás, cit. (n. 8), III, p. 230; II, p. 364.

105 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° 268.

106 Medina, José Toribio, cit. (n. 23), p. 947.

107 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٢٦٨ informa de este viaje.

108 Roa, Luis de, cit. (n. 14), N° ٥٥.

109 Protocolos, I, p. 27

110 Medina, José Toribio, cit, (n. 23), p. 189.

111 CHCH, XVII, Actas Cabildo Santiago, II, p. 112 (sesión de 2 de agosto de 1566).

112 El “tasador repartidor” era un oficial de secretaría que en cada Audiencia estaba encargado de tasar los derechos devengados por actuaciones judiciales y de repartir el trabajo entre los relatores y escribanos cuando había más de uno. Debía llevar un “libro de repartimientos” que estaba obligado a presentar mensualmente al Presidente de la Audiencia para que lo revisara y verificara la oportunidad y la equidad de la distribución que tenía a su cargo. Era nombrado por cada Audiencia de entre personas que merecieran fe y confianza a los oidores.

113 CHCH, XVII, Actas Cabildo de Santiago, II, p. 112.

114 Ibíd., II, p. 113.

115 CHCH, XVII, Actas del Cabildo de Santiago, II, pág. 257. Se inserta la querella de Martín Fernández, muy interesante para la historia de la medicina en Chile pero ajena a la materia de este trabajo.

116 Según Diccionario de la Lengua, el “chantre” era “Una dignidad de las iglesias catedrales, a cuyo cargo estaba antiguamente el gobierno del canto en el coro”.

117 Protocolos, I, pp. 267-269.

118 Protocolos, I, p. 282.

119 Por ejemplo, CDICH, 2da. Serie, II, pp. 244, 247.

120 CHCH, XVII, Actas Cabildo Santiago, II, p. 498.

121 Sin duda al decirse Castillo “escribano de registro” se refería al “registro de naves” del puerto de Valparaíso, función que recaía sobre los escribanos del número de Santiago, que muchas veces se resistieron a viajar al puerto para cumplir esa función debido al tiempo y costo que les significaba un trabajo mal remunerado con los derechos arancelarios que les estaba permitido cobrar.

122 Medina, José Toribio, cit. (n. 23), p. 192.

123 Se llamaba “tabardete” a una fiebre epidémica que comúnmente se identifica con el “tifus exantemático”, pero podría corresponder también a una epidemia de “cólera”.

124 Sesión del Cabildo de 3 de octubre de 1578.


Recibido el 3 de julio de 2014 y aceptado el 1 de junio de 2016

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